Si usted ha alcanzado un acuerdo o una resolución tras un accidente automovilístico, es probable que se pregunte: “¿Tengo que pagar impuestos por ese dinero?”. La respuesta corta es: en la mayoría de los casos, no. Sin embargo, esa no es una regla absoluta. La respuesta depende de la naturaleza y las circunstancias de su acuerdo o resolución.
Es importante que sepa que sólo un asesor fiscal puede informarle con precisión. Los puntos en este artículo le ayudarán a formular las preguntas apropiadas para presentarlas al asesor. Sólo discutiendo estos temas con un experto puede estar seguro de que está recibiendo la información tributaria más actualizada.
Generalmente, los acuerdos y resoluciones judiciales (sentencias) son vistos de la misma forma en cuanto a impuestos se refiere. Por lo tanto, no importa si el dinero que usted recibió es a través de un acuerdo en la etapa de reclamación o a través de un fallo a su favor en un juicio.
¿De qué manera afecta el Código Tributario a mi acuerdo?
El lenguaje aplicable de la regulación del IRS que aborda la cuestión de la tributación de liquidaciones y sentencias se encuentra en el 26 C.F.R 1. Este dictamina que:
§1.104-1 Compensación por lesiones o enfermedad.
(c) Daños y perjuicios recibidos por lesiones físicas o enfermedades físicas- (1) en general. El artículo 104 (a)(2) excluye de los ingresos brutos el importe de cualquier daño (distinto de los daños punitivos) recibido (ya sea mediante una demanda o un acuerdo y ya sea en forma de sumas globales o de pagos periódicos) a causa de lesiones físicas o enfermedades físicas. La angustia emocional no se considera una lesión física o una enfermedad física. Sin embargo, los daños y perjuicios por angustia emocional atribuibles a una lesión física o enfermedad física se excluyen de los ingresos en virtud del artículo 104 (a)(2). La sección 104(a)(2) también excluye los daños y perjuicios que no superen la cantidad pagada por la atención médica (descrita en la sección 213(d)(1)(A) o (B)) por el sufrimiento emocional.
Dinero recibido por gastos médicos y lesiones.
La gran mayoría de los acuerdos y fallos son sólo por “daños compensatorios” y “daños generales”. Esas categorías de daños están destinadas a compensarle por sus gastos médicos, salarios caídos y el dolor y sufrimiento que surge directamente de sus lesiones.
En un acuerdo típico en el que usted recibe sólo compensación y daños generales por sus lesiones físicas y gastos médicos, la mayor parte de esa cantidad no suele estar sujeta a impuestos. Esto se debe a que ese tipo de acuerdo o sentencia tiene como objetivo reembolsarle por las pérdidas de su bolsillo.
Dinero recibido por daños al vehículo y a la propiedad.
Cualquier compensación que reciba por daños al vehículo como resultado de un accidente automovilístico no está sujeta a impuestos. Esto aplica a los costos de las reparaciones que fueron pagadas así como cualquier reembolso que usted pudiera haber recibido por usar un auto alquilado mientras su vehículo estaba en el taller.
Compensación por la pérdida de ingresos.
En términos generales, cualquier monto de acuerdo o fallo que usted reciba como compensación por ingresos perdidos está sujeto al impuesto sobre la renta. El razonamiento es que su ingreso original habría sido gravado si no hubiera sufrido la pérdida de ingresos. Debido a esto, cualquier compensación destinada a reemplazar ese mismo ingreso perdido también debería pagar impuestos.
Si su acuerdo o fallo incluye compensación por otros tipos de pérdidas además de los salarios caídos, como facturas médicas, usted debe pagar impuestos sobre la parte del acuerdo o fallo que se atribuye a la pérdida de salarios.
¿Qué pasa si me conceden daños punitivos?
Es raro que se incluyan daños punitivos como parte de un acuerdo o juicio por accidente automovilístico. Esta categoría de daños y perjuicios por lesiones personales está generalmente destinada, como su nombre lo indica, a castigar al demandado y disuadirlo del mal comportamiento futuro. Sólo se conceden en circunstancias bastante extraordinarias en las que el acusado ha tenido un comportamiento particularmente escandaloso o atroz. En el raro caso de que usted reciba daños punitivos en un caso de lesiones personales, sepa que esos daños son casi siempre imponibles.
Su abogado de lesiones personales debe ser capaz de proporcionarle información básica sobre la tributación de su acuerdo o sentencia. No obstante, es importante recordar que la mayoría de los abogados de lesiones personales no son expertos en derecho fiscal. Por lo tanto, si tiene preguntas más complejas sobre las implicaciones tributarias de un acuerdo o juicio de lesiones personales, es mejor buscar el consejo de un profesional de impuestos.