Aprenda sobre las entidades comerciales o mercantiles.

Antes de decidir cómo quiere estructurar y formar su negocio, necesitará saber qué opciones tiene. He aquí un breve resumen de las entidades comerciales y mercantiles más comunes:

Empresa unipersonal y sociedades.

Para muchos negocios nuevos, la mejor estructura de propiedad inicial es una empresa unipersonal o, si hay más de un propietario involucrado, una sociedad.

Empresa unipersonal (de un solo miembro).

Una empresa unipersonal es una figura mercantil en donde solo figura una persona y que no es inscrita en los registros del estado como se hace con una LLC o una corporación. No tiene que hacer nada en especial o realizar papeleo alguno para establecerse, sino que se crea una al momento de ejercer la actividad comercial.

Legalmente, una empresa unipersonal es inseparable de su dueño, es decir, el negocio y el dueño son una misma entidad. Esto significa que el dueño del negocio reporta los ingresos y las pérdidas en su declaración de impuestos personal y es personalmente responsable de cualquier obligación relacionada con el negocio, como las deudas o sentencias judiciales.

Sociedad.

Del mismo modo, una sociedad es simplemente un negocio propiedad de dos o más personas que no han realizado papeleo alguno para convertirse en una corporación o una sociedad de responsabilidad limitada (LLC). Usted no tiene que realizar ningún papeleo para formar una sociedad, el acuerdo comienza tan pronto como usted comienza un negocio con otra persona. Al igual que en una empresa unipersonal, los propietarios de la sociedad pagan impuestos sobre su parte de los ingresos del negocio en sus declaraciones de impuestos personales y cada uno de ellos es personalmente responsable de la cantidad total de cualquier deuda o reclamo del negocio. Tanto los propietarios únicos como los socios en una sociedad pueden calificar para la deducción fiscal del 20% establecida por la Tax Cuts and Jobs Act.

Las empresas unipersonales y las sociedades tienen sentido en un negocio donde la responsabilidad personal no es una gran preocupación, por ejemplo, un pequeño negocio de servicios en el que es poco probable que sea demandado y para el cual no tendría que pedir prestadas grandes cantidades de capital para inventario u otros costos.

Sociedad limitada (Limited partnership). 

Las sociedades en comandita o limitadas son costosas así como complejas de establecer y operar. Este tipo de entidad mercantil no es recomendada para el dueño de una pequeña empresa promedio. Las sociedades en comandita suelen ser creadas por una persona o empresa (el “socio general”), que solicitará inversiones a los otros (los “socios comanditarios”). El socio general controla las operaciones diarias de la sociedad limitada y es personalmente responsable de las deudas comerciales (a menos que el socio general sea una corporación o una LLC). Los socios limitados tienen un control mínimo sobre las decisiones y operaciones comerciales diarias y, a cambio, no son personalmente responsables de las deudas o reclamos. Consulte a un experto en sociedades limitadas si está interesado en crear una entidad de este tipo.

Corporaciones y LLCs.

Formar y operar una LLC o una corporación es todavía un poco más complicado y costoso, pero bien vale la pena para algunas pequeñas empresas. El principal beneficio de una LLC o una corporación es que estas estructuras limitan la responsabilidad personal de los propietarios, ya sea por deudas comerciales o por sentencias judiciales contra la empresa.

Lo que diferencia a la corporación de todos los demás tipos de entidades mercantiles, es que es una entidad legal e impositiva independiente, separada de las personas que la poseen, controlan y administran. Debido a este estatus de separación, los dueños de una corporación no usan sus declaraciones de impuestos personales para pagar impuestos sobre las ganancias; la corporación misma paga sus impuestos. La TCJA estableció una tasa única de impuesto fijo del 21% para las corporaciones. Esto es significativamente menos que la tasa del 15% al 35% que las corporaciones pagaban bajo la ley anterior. Los propietarios pagan el impuesto sobre la renta personal basado en el dinero que obtienen de la corporación en sí, como salarios, bonos y similares.

Al igual que las corporaciones, las LLCs (sociedad de responsabilidad limitada) proporcionan responsabilidad personal limitada por deudas y demandas comerciales. Pero, cuando se trata de impuestos, las LLCs son más como las sociedades: los propietarios de una LLC pagan impuestos sobre su parte de los ingresos del negocio dentro de sus declaraciones de impuestos personales.

Las corporaciones y las LLCs funcionan para los dueños de negocios que 1. corren el riesgo de ser demandados por los clientes o de acumular muchas deudas comerciales, o 2. tienen bienes personales sustanciales que quieran proteger de los acreedores.

Corporaciones sin fines de lucro.

Una corporación sin fines de lucro es una corporación formada para llevar a cabo un propósito caritativo, educativo, religioso, literario o científico. Una organización sin fines de lucro puede recaudar los fondos necesitados solicitando subvenciones públicas y privadas así como mediante donaciones de individuos y compañías. El gobierno federal y los gobiernos estatales generalmente no gravan a las corporaciones sin fines de lucro en cuanto al dinero que reciben. Este debe pues estar relacionado con su propósito de no lucrar y aportar beneficios a la sociedad.

Cooperativas.

Algunas personas sueñan con formar un negocio de equidad e igualdad reales, una organización que pertenezca y sea operada democráticamente por sus miembros. Estos organizadores empresariales de base a menudo se refieren a sus negocios como un grupo, un colectivo o una cooperativa. No obstante, a menudo se trata de etiquetas informales y no legales. Por ejemplo, se podría formar una cooperativa de consumo para administrar una tienda de alimentos, una librería o cualquier otro negocio minorista. O se podría crear una cooperativa de trabajadores para fabricar y vender artesanías. La mayoría de los estados tienen leyes específicas que se ocupan de la creación de cooperativas, y en algunos estados usted puede presentar documentos ante la oficina del secretario de estado para que su cooperativa sea reconocida formalmente por el estado. Consulte con la oficina de su secretaría de estado para obtener más información.

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