En Estados Unidos, la mayoría de las personas tienen como principal meta al presentar una bancarrota del Capítulo 7, la eliminación total de algunas sus deudas. Sin embargo, aunque no todas sus deudas podrán ser eliminadas (esto quiere decir que no desaparecerán ni declarando la bancarrota), muchas personas que presenten un Capítulo 7 si podrán eliminar algunas de sus deudas. Entre otras, las deudas de tarjetas de crédito son de las que frecuentemente desaparecen.
¿Qué es una eliminación y cómo funciona?
Una eliminación (discharge) libera a los deudores de su responsabilidad personal ante la deuda y evita que el acreedor tome acciones de cobro en su contra. En otras palabras, el deudor no está legalmente obligado a pagar la deuda eliminada.
Aunque el deudor no tenga ya la obligación de pagar las deudas eliminadas o liquidadas, un derecho de retención que no haya sido invalidado en el proceso de bancarrota, perdurará. Como consecuencia, dicho acreedor puede hacer cumplir este derecho y recuperar la propiedad en garantía. Por ejemplo, si no hace algún acuerdo para seguir pagando la mensualidad de su vehículo mediante la firma de un acuerdo de reafirmación, la eliminación de las deudas eliminará su obligación de pagar la mensualidad del carro. Entonces el acreedor será libre de usar este derecho para tomar de vuelta el vehículo que usted ya no podrá conservar.
En la mayoría de los casos de quiebra del Capítulo 7, aquellos que la presentan reciben automáticamente la liquidación o eliminación de sus deudas al final del proceso. En el Capítulo 7, el tribunal usualmente garantiza la eliminación dentro de los siguientes 60 días después de la audiencia con los acreedores. Por lo general esto significa que obtendrán la eliminación de sus deudas dentro de un periodo de cuatro meses después de haber presentado la solicitud del Capítulo 7.
¿Qué deudas se pueden eliminar?
Más adelante en el artículo, usted podrá encontrar una lista de las deudas que califican para la eliminación bajo el título “Categorías Comunes de Deudas Eliminables”.
No obstante, antes, la deuda debe de cumplir con algunos requisitos de tiempo también.
- Deudas previas a la presentación. Una deuda previa a la petición es una obligación incurrida antes del día en que se hace la presentación o petición de bancarrota. Al final del caso, el tribunal eliminará todas las deudas previas a la petición que califiquen, como lo son las de tarjetas de crédito, préstamos personales, y deudas médicas.
- Deudas posteriores a la presentación. Las facturas que se acumulen después de la petición inicial de bancarrota, son deudas posteriores a la present7ación. En todos los tipos de bancarrota, usted será responsable de pagar las deudas en las que incurra tras la fecha inicial de presentación, aún cuando su caso no haya sido terminado.
En resumen, de entre sus deudas liquidables, solo aquellas que existieran previo a la fecha de la presentación del Capítulo 7, serán eliminadas. Usted será responsable de las deudas en que incurra después de la presentación de su petición y antes de recibir la liquidación total.
Ejemplo. Michael se retrasó con sus pagos de electricidad antes de presentar su caso de bancarrota. Por requisito, enlistó esta deuda junto con sus otras obligaciones económicas en su archivo de petición de bancarrota. Después de hacer la presentación, el continuó con el uso del servicio eléctrico. Al final de su caso, los cargos de energía que precedieron a su presentación de bancarrota fueron eliminados. Sin embargo, Michael tuvo que pagar los gastos de la factura eléctrica que se generaron posteriores a la presentación de su solicitud.
Es importante que sepa que un proveedor de servicios públicos no puede negarse a prestarle su servicio por el hecho de que usted se haya declarado en bancarrota. No obstante, el proveedor si puede cobrarle un depósito razonable como garantía de los pagos futuros.
En cuanto a la fecha de declaración, conocerla es relativamente fácil. Simplemente busque entre los documentos relacionados con la bancarrota que le fueron enviados por el tribunal. Se le enviaran copias de todas las notificaciones, aun si usted cuenta con un abogado que le represente. La fecha de presentación aparecerá en la parte superior de cualquier hoja, junto al folio de su caso.
Consejo útil. Si un acreedor le llama después de su declaración de bancarrota, proporcionar el folio de su caso junto con la fecha de presentación hará que dejen de llamarle. Con esa información un acreedor puede verificar si efectivamente usted fue sujeto a un caso de bancarrota. Si el acreedor insiste en cobrarle a pesar de haber usted brindado la información antes mencionada, este podría recibir una sanción.
Categorías Comunes de Deudas Eliminables.
El Código de Bancarrota ha enlistado 19 categorías de deudas que no pueden ser liquidadas. Cualquier otro caso que no caiga dentro de alguna de estas categorías se considera liquidable. A continuación, una lista de las deudas liquidables más comunes. No obstante, es importante que usted sepa que cualquier tipo de conducta indebida o fraude relacionado con las siguientes categorías podría volverlas no liquidables de inmediato:
- Deudas de tarjetas de crédito (incluyendo cargos por pagos atrasados).
- Cuentas de agencias cobro.
- Facturas médicas.
- Préstamos personales hechos por amigos, familia y/o patrones.
- Facturas de servicios básicos (montos retrasados únicamente).
- Cheques sin fondos (a menos que estén involucrados con situaciones fraudulentas).
- Préstamos estudiantiles (solo en la rara circunstancias en que se pueda demostrar dificultades extremas para pagarlos).
- Saldos de deficiencia por embargo.
- Reclamos de accidentes vehiculares (excepto los casos que involucren DUI/DWI).
- Deudas de negocios.
- Dinero adeudado en virtud de contratos de arrendamiento (incluye el alquiler vencido).
- Juicios en tribunales civiles (a menos que involucren fraude).
- Multas tributarias e impuestos no pagados por una cantidad determinada de tiempo.
- Honorario de abogados (excepto en casos de manutención infantil y pensiones alimenticias).
- Cuentas de crédito revolvente (excepto cargos de pagos extendidos).
- Pagos de seguridad social.
- Préstamo de asistencia a veteranos y pagos excesivos.