Infórmese sobre las demandas por muerte por negligencia en Florida: qué son, quién puede demandar y qué daños son recuperables.
Un reclamo por muerte por negligencia (wrongful death; o muerte por omisión, homicidio culposo, homicidio imprudencial u homicidio involuntario) es una demanda civil que puede ser llevada a la corte cuando la negligencia o el acto ilícito de una de las partes causa la muerte de otra persona. Aquí, veremos quién puede presentar un reclamo por muerte injusta en Florida y qué tipos de daños pueden estar disponibles en estos casos. También discutiremos los límites de tiempo que rigen la presentación de una demanda por muerte injusta en el sistema judicial de Florida.
Reclamaciones por homicidio culposo en Florida.
La sección 768.19 de los Estatutos de Florida establece que cuando la muerte de una persona es causada por un acto ilícito, una negligencia, un defecto de fabricación o el incumplimiento de contrato por parte de otra persona o entidad, los herederos del patrimonio de la persona fallecida pueden presentar una demanda civil en los tribunales de Florida. Esto para buscar la reparación legal de esa muerte y las pérdidas derivadas de ella.
¿Quién puede presentar un reclamo por homicidio culposo en Florida?
La ley de Florida requiere que el representante del patrimonio de la persona fallecida presente el reclamo por muerte por omisión. El representante puede ser nombrado en el testamento o plan de sucesión de la persona fallecida. Si no hay testamento o plan patrimonial, el tribunal nombrará al representante.
Si bien el representante presentará el reclamo por homicidio culposo, lo hará en nombre del patrimonio de la persona fallecida y de los familiares sobrevivientes. En el reclamo por muerte injusta, el representante debe enumerar a todos los sobrevivientes que tengan interés en el caso.
Los miembros de la familia que pueden recuperar daños en un caso de muerte injusta de Florida incluyen:
- Al cónyuge, los hijos y los padres de la persona fallecida, y
- Cualquier pariente de sangre o hermano adoptivo que sea “parcial o totalmente dependiente del difunto para recibir apoyo o servicios”.
Si un niño nace de padres en unión libre, el niño puede reclamar daños en un caso de muerte injusta si su madre muere. Sin embargo, si el padre del niño muere, el niño solo puede reclamar daños si su padre había reconocido formalmente al niño como suyo y estaba obligado a contribuir al mantenimiento del niño.
Límites de tiempo para presentar una demanda por homicidio culposo en Florida.
Cada estado ha aprobado leyes que establecen límites de tiempo en su derecho de ir a la corte y presentar una demanda. Este tipo de ley se llama estatuto de limitaciones, y la mayoría de los estados han aprobado estatutos particulares que cubren demandas por homicidio culposo.
Una demanda por homicidio culposo en Florida debe presentarse dentro de los dos años posteriores a la fecha de la muerte en la mayoría de los casos, de acuerdo con los estatutos de Florida sección 95.11 (4) (d). El plazo puede ser pospuesto en algunas circunstancias muy específicas. Un abogado con experiencia en el manejo de casos de homicidio culposo en Florida puede ayudarlo a determinar exactamente cuándo vence el plazo de prescripción en un caso determinado.
No obstante, es fundamental comprender y seguir el plazo establecido por el estatuto de limitaciones, de lo contrario podría perder su derecho de llevar su demanda por muerte injusta a los tribunales.
Daños en casos de homicidio culposo en Florida.
En Estados Unidos, un caso de muerte por negligencia se clasifica como un reclamo civil. Esto significa que es llevado ante los tribunales por el patrimonio de la persona fallecida, no por el gobierno. La responsabilidad en un reclamo por muerte por omisión o negligencia se expresa únicamente en términos de daños monetarios. Si bien un caso penal relacionado con la muerte también se puede presentar ante el tribunal, aborda diferentes inquietudes y, por lo general, no ocasiona daños que pagar (con dinero) al patrimonio ni a los familiares sobrevivientes.
La sección 768.21 de los estatutos de Florida establece las reglas estatales para otorgar daños en una demanda por muerte por omisión. Los daños que los familiares sobrevivientes pueden recibir en este tipo de casos incluyen:
- El valor del apoyo y los servicios que la persona fallecida había brindado al familiar sobreviviente.
- La pérdida de la compañía, orientación y protección proporcionadas por la persona fallecida.
- El dolor y sufrimiento mental y emocional causado por la pérdida de un hijo, y
- Gastos médicos o funerarios que cualquier familiar sobreviviente haya pagado para la persona fallecida.
El patrimonio de la persona fallecida también puede recuperar ciertos tipos de daños. Éstos incluyen:
- Salarios perdidos, beneficios y otras ganancias, incluido el valor de las ganancias no recibidas que la persona fallecida habría recibido de seguir con vida.
- “Acumulaciones netas prospectivas” perdidas de la herencia, o el valor de las ganancias que la herencia podría haber recaudado razonablemente si la persona fallecida hubiera vivido, y
- Gastos médicos y funerarios que fueron pagados directamente por el patrimonio.
Puede conocer más acerca de este tema en Reclamación de daños en un caso de muerte por negligencia u omisión.