La Ley de Prácticas de Cobro al Consumidor de Florida o Florida Consumer Collection Practices Act prohíbe que tanto los cobradores de deudas como los acreedores usen tácticas engañosas y abusivas al cobrar.
La Ley de prácticas de cobro al consumidor de Florida, prohíbe que tanto cobradores como acreedores usen tácticas de cobro de deudas abusivas y engañosas. El CCPA (Florida Consumer Collection Practices Act) complementa las acciones de la Ley Federal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas o FDCPA.
La Ley Federal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA).
Se trata de una ley federal que establece límites sobre lo que pueden hacer los cobradores de facturas vencidas al intentar que se paguen las deudas existentes. La ley anteriormente mencionada, previene que los cobradores hablen con terceros sobre su deuda, realicen llamadas a su lugar de trabajo y participen en otras tácticas diseñadas para acosarlo, forzarlo o engañarlo para que pague la deuda.
La FDCPA aplica a los cobradores de deudas y ciertos compradores de deudas a terceros, más no cubre las actividades de cobro realizadas por el acreedor original.
Leyes de Florida que rigen el cobro de deudas.
Florida ha promulgado leyes que complementan a la FDCPA y podría brindarle una protección aún mayor que ésta si vive en este estado. La Ley de Prácticas de Cobro al Consumidor de Florida (CCPA) lo protege de prácticas abusivas en el cobro de deudas. Al igual que la FDCPA, la CCPA de Florida cubre las acciones de los cobradores de deudas, pero, a diferencia de la FDCPA, también cubre las acciones de los acreedores originales.
Prácticas de cobro prohibidas en Florida.
La FCCPA o CCPA prohíbe a los acreedores y cobradores de deudas participar en prácticas abusivas, acosadoras, injustas, fraudulentas y/o engañosas. Algunas cosas que ni los acreedores ni los cobradores pueden llevar a cabo son:
- Pretender ser un oficial de la policía que actúa en nombre de una entidad gubernamental,
- amenazar con usar la fuerza o la violencia,
- amenazar con comunicarse con su empleador para informarle sobre su deuda, a menos que haya un juicio en su contra,
- en caso de haber disputado la deuda, reportar o amenazar con reportar información despectiva sobre su deuda disputada con una agencia de informes crediticios sin revelar la existencia de su disputa,
- contactar a terceros sobre su deuda,
- amenazarlo a usted o a su familia debido a su deuda,
- contactarlo entre las 9:00 pm y 8:00 am sin su permiso,
- presentarse como abogados o inventar que hay un abogado involucrado (esto también es una posible violación de la FDCPA),
- enviarle comunicados, como formularios y “citaciones”, diseñados para aparentar ser cartas de abogados o documentos gubernamentales,
- usar lenguaje obsceno, profano, vulgar o abusivo al comunicarse con usted o su familia,
- amenazarlo o intentar hacer cumplir una deuda ilegítima contra usted, por ejemplo, una deuda que ha expirado bajo el estatuto de limitaciones,
- enviarle por correspondencia documentos que contengan frases o palabras avergonzantes y
- comunicarse directamente con usted cuando saben que está representado por un abogado.
Si un cobrador de deudas o un acreedor viola la FDCPA.
Usted tiene una causa de acción privada si un acreedor o un cobrador de deudas lo perjudica en violación a la FDCPA. Esto significa que usted puede presentar una demanda en Florida contra el acreedor o el cobrador. Si gana, el tribunal puede otorgarle:
- el pago de daños reales,
- daños estatutarios que no excedan los $1,000 dólares y
- posibles daños punitivos (a discreción del juez), honorarios de abogados y costas procesales.
Sepa que también puede presentar una queja en la Oficina de Regulación Financiera de Florida.
Si un cobrador de deudas (pero no un acreedor) usa un comportamiento de cobranza abusivo o engañoso, también puede presentar una demanda bajo la FDCPA.
Remedios por No Registrarse
Los cobradores de deudas de Florida deben registrarse ante el estado, con excepción de los acreedores originales, abogados, bancos y otras entidades crediticias y profesionales de bienes raíces.
Un cobrador de deudas no registrado puede estar sujeto a multas administrativas de hasta $10,000 dólares más los honorarios y costos de los abogados.
Sin embargo, usted no tiene derecho de demandar a una agencia de cobros por no estar registrada. Sólo la Oficina de Regulación Financiera de la Comisión de Servicios Financieros de Florida tiene la autoridad para evaluar multas y hacer cumplir los requisitos de registro. El Fiscal General de Florida puede presentar una demanda contra ese cobrador de deudas.
Hola, mi nombre es Larry Sotelo, estoy en la Florida queriendo poner una sucursal de mi empresa que tengo en Ecuador, necesito asesoría ,cual es el costo de ella ?