Lidiando con las llamadas de cobranza: ¿qué hacer y qué no?

Las llamadas de los cobradores de deudas pueden ser abrumadores e intimidantes. Pero conocer algunos consejos de lo que debe o no debe de hacer cuando lidia con los cobradores, así como entender sus derechos en lo que respecta a las agencias de cobro, puede ayudarle a calmar su preocupación.

Más importante aún, si  sabe qué hacer y qué decir cuando le llama un cobrador, puede evitar cometer algún error que más tarde se complique legal o financieramente.

Qué hacer cuando un cobrador le llama.

Aquí hay algunas cosas que debería de hacer cuando le toque lidiar con un cobrador o agencia de cobranza:

1. Decida si quiere hablar con el cobrador.

Si está siendo contactado por teléfono, considere colgar sin hablar con el cobrador al menos hasta que conozca todo lo concerniente a la deuda y sus derechos. Usted no querrá brindarle de información valiosa al cobrador, o peor aún, decir algo que reafirme su deuda.

2. Si decide hablar con un cobrador, mantenga un registro de las llamadas.

Un registro de llamadas, como su nombre lo indica, es un registro escrito que usted hace con la fecha y hora en la que le llaman, el trabajador con quien habla, y lo que le dicen. Su registro no tiene que ser nada ostentoso o elegante –escriba en una libreta o una hoja de papel cualquiera. También puede llevar su registro en una computadora o su smartphone.

Hacer esto puede ayudarle a saber con precisión quién y de donde le están llamando, así como qué deuda le están cobrando. También le sirve para saber qué tan seguido ciertos acreedores le llaman y documentar las inconsistencias que le dicen de una llamada a otra.

3. Escriba al cobrador y solicite que deje de contactarle (si eso es lo que usted quiere).

Bajo la FDCPA (Fair Debt Collection Practices Act), si usted solicita que el cobrador lo deje de contactar, éste debe de hacerlo sin falta. Su solicitud debe ser presentada por escrito.

Le recomendamos, sin embargo, pensar cuidadosamente antes de hacer esto. Si desea controlar el estado de la deuda o abril las líneas de comunicación con el cobrador para negociar un acuerdo, esto podría no ser la mejor opción. Si solicita que el cobrador lo deje de contactar, este no podrá hacerlo ya más que para presentar una demanda.

4. Hágale saber al cobrador si usted cree no deber esa deuda.

Si siente que la deuda es ilegítima, o que no es lo que usted debe, debería de decirle al cobrador por qué. Muchas veces, si su razón es válida, el cobrador voluntariamente cesará el cobro de la deuda, ya que sus recursos se utilizarían mejor en consumidores que no tienen una objeción valida para pagar el dinero.

Si actúa rápido, puede solicitar por escrito que el cobrador valide la deuda (es decir, que brinde información certera de la misma) y detenga las actividades de cobro mientras lo hace. Sin embargo, las leyes de consumidores informan que la mayoría de los cobradores no brindan la información debida cuando de les solicita.

5. Haga saber al cobrador que no puede pagar (si en verdad no puede).

No hay nada que legalmente obligue al cobrador a dejar de cobrarle solo porque no puede pagar. Pero diciéndole que no puede pagarle y dándole una explicación breve de sus dificultades financieras, puede llevarlos a enfocarse en otros consumidores. Esto puede evitar también la presentación de una demanda legal y un futuro litigio.

6. Proporcione al cobrador su dirección actual. 

Puede que su instinto lo lleve a esconderse de los cobradores cambiando de numero de teléfono, o rehusándose a brindarles su dirección. Pero escondiendo su paradero no evitará que los cobradores dejen de cobrarle. Esto solo provocará que los cobradores llamen y manden cartas a otros que ellos creen puedan saber su paredero.

Para empeorar las cosas, los cobradores que carecen de la dirección de un consumidor también tienen mucho más margen legal para comunicarse con empleadores o amigos y preguntar sobre su dirección actual. Si un cobrador posee su dirección, sería ilegal que este contacte a su empleador o amigos.

7. Sepa qué puede y qué no puede hacer un cobrador.

La FDCPA prohíbe a los cobradores usar tácticas abusivas y acosadoras. También establece límites de cuándo y dónde un cobrador puede contactarle. Les prohíbe informar a terceros sobre su deuda (con algunas excepciones) y demás.

Qué no hacer cuando un cobrador le llama.

1. No le brinde su información financiera.

Puede que algunos cobradores le digan que necesitan información sobre sus ingresos para poder calificarlo a un pago menor. No obstante, usted nunca debe de brindarle su información financiera personal a ningún cobrador. Esto significa que no debe de:

  • Brindar sus números de cuenta bancaria (a menos que este realizando un pago).
  • Brindar su número de seguridad social, o
  • Discutir el monto o el valor de su(s) propiedad(es).

Esta información puede ser usada para cobrarle si su acreedor o cobrador abre una causa judicial en su contra. Usted puede brindar información básica sobre sus ingresos o problemas financieros. Como regla general, si la información puede ser usada por algún ladrón de identidad, no debería de estar brindándosela a las agencias de cobro.

2. No realice pagos de buena fe.

Con frecuencia los consumidores voluntariamente harán pagos pequeños al cobrador, y no buscarán llegar a un arreglo. Usted podría estar haciendo el pago para demostrar su buena fe o porque cree que haciéndolo evitará ser demandado o arruinar su crédito.

Pero lo que un pago pequeño puede hacer es extender los estatutos de limitaciones (el tiempo límite que tiene el cobrador para demandarle por la deuda). Esto es porque en casi todos los estados, los estatutos de limitaciones empiezan a contar desde la fecha de su último pago. Cada pago nuevo, sin importar su tamaño, reinicia este periodo.

3. No haga promesas o admita que su deuda es válida.

Aún si es muy obvio que debe dinero, debe evitar hacer comentarios como “yo sé que les debo dinero y les pagaré en cuanto pueda” o “puedo empezar a pagarle el próximo mes”. Admitir que conoce la obligación puede “revivir” los estatutos de limitación. Cualquier promesa que haga de realizar algún pago podría ser interpretada como un contrato independiente, renovando los estatutos de limitación para la deuda.

4. No pierda su temperamento.

Usar palabras soeces, gritar, o volverse hostil, no le ayudará. Si la grabación de su llamada es revisada por una agencia de cobranza y es usada como prueba en un tribunal, le afectará si resulta que usted era el abusivo y no el cobrador.

Hable con un abogado.

Si necesita ayuda lidiando con los cobradores, o está enfrentado una demanda por cobro, considere hablar con un abogado para descubrir qué puede hacer en su circunstancia particular.

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